el pasado viernes día 19 de Febrero fue aprobado el nuevo Reglamento General de Centros de Reconocimiento de Conductores, en Consejo de Ministros. Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el B.O.E.; así mismo, los centros dispondrán de 6 meses para adaptar su instrumental a lo exigido.
A continuación desgloso las novedades mas importantes:
Aprobado el nuevo Reglamento de Centros de Reconocimiento de Conductores
viernes, 19 de febrero de 2010
Novedades más importantes
1.- Se permite a los Centros gestionar, cuando así lo solicite el interesado, la prórroga de la vigencia de los permisos o licencias de conducción, con el consiguiente ahorro de tiempo y dinero para el ciudadano.
2.- Se prevé que el Centro pueda contratar con una clínica la prestación de servicios de oftalmología, en lugar de tener que contar con un médico oftalmólogo en el Centro, así como la figura del director facultativo, que será el responsable de la firma del informe del aptitud psicofísica en aquellos supuestos en que el director del Centro no reúna la consideración de facultativo.
3.- Los informes de aptitud psicofísica se remitirán de forma instantánea al Registro de Conductores e Infractores, así como los historiales clínicos en los que se apoyan los informes de aptitud psicofísica. Estos permitirá constatar por parte de la Administración que los informes son el resultado de una exploración completa del estado de salud del afectado.
4.- Los informes de aptitud psicofísica surtirán efecto en todo el territorio nacional, mientras que en la actualidad sólo podían surtir efecto en la provincia donde estuviera ubicado el Centro.
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